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title: ¿Cómo afectará la futura ley de bienestar animal a la ganadería?
description: La futura ley de bienestar animal afecta a los animales de compañía, no a los de ganadería. A los perros pastores sí se les aplicarán algunos cambios.
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# ¿Cómo afectará la futura ley de bienestar animal a la ganadería?

[ Equipo Ceva Salud Animal ](https://ruminants.ceva.pro/es/author/equipo-ceva-salud-animal)

** febrero 15, 2023

**  5 min 

![Ley de bienestar animal del ganado y los animales de compañía.](https://ruminants.ceva.pro/hubfs/Ley-de-bienestar-animal-del-ganado-y-los-animales-de-compania.jpg)

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El bienestar animal se sustenta en el cumplimiento de las **cinco libertades de los animales**: vivir libre de hambre, de sed y de desnutrición, libre de temor y de angustia, libre de molestias físicas y térmicas, libre de dolor, de lesión y de enfermedad, y libre para manifestar un comportamiento natural en su especie. Actualmente está en proceso de aprobarse en el Congreso de España una nueva **ley de protección, derechos y bienestar de los animales**. ¿Cómo afectará esta ley a los animales de ganadería?

## Una ley que da que hablar

España, como país miembro de la Unión Europea, está sujeto a las leyes que en ella se aprueban. En 1998 se aprobó en la UE la Directiva 98/58/CE sobre la **protección de los animales de ganadería y producción**, y posteriormente su correspondiente adaptación española, el [Real Decreto 348/2000](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-4698). Esta normativa se ha ido modificando y ampliando con los años, y se han redactado leyes adicionales sobre aspectos o especies concretas (terneros menores de seis meses, gallinas ponedoras, cerdos…). Por otra parte, también existe legislación específica que regula el uso de **animales de experimentación**.

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Sobre los animales de compañía existen leyes, europeas y/o nacionales, sobre su transporte, compraventa, aspectos sanitarios… pero **ninguna que hable específicamente de su bienestar** y de sus derechos como seres vivos. En este sentido, el vacío legal ha sido cubierto en la mayoría de los casos por las **comunidades autónomas**, como por ejemplo la [Ley 11/2003 de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de **Aragón**](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-8225) o la [Ley 5/1997 de protección de los animales de compañía en **Castilla y León**](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-14412). Inevitablemente, cada comunidad autónoma es más o menos restrictiva e incluye en sus normativas diferentes puntos; esta diferencia de criterios ocasiona confusión en la población.

Teniendo esto en cuenta, no es de extrañar que las asociaciones de defensa de los animales, y parte del público general, reclamen una **normativa homogénea y consistente que se aplique sobre todo el territorio nacional por igual**. El problema viene cuando diferentes partidos políticos, asociaciones y colectivos tienen diferentes opiniones sobre lo que es el bienestar animal y sobre el alcance que debería tener esta nueva legislación, lo cual está retrasando su redacción y aprobación.

![Ley de bienestar animal](https://ruminants.ceva.pro/hs-fs/hubfs/ley-de-bienestar-animal.jpg?width=800&height=405&name=ley-de-bienestar-animal.jpg)

Este proyecto de ley fue aprobado en agosto de 2022, y en el momento de escribir este artículo (finales de enero de 2023) la ley definitiva todavía no está promulgada.

## Esta nueva ley no incluye a los animales de ganadería

La nueva ley de bienestar animal regulará, si llega a aprobarse, exclusivamente la **tenencia de animales de compañía y animales silvestres en cautividad**. Afectará a los dueños de perros, gatos, conejos y otros pequeños mamíferos (hurones, cobayas, chinchillas, etc.), reptiles, anfibios, peces, aves e invertebrados (arañas u otros) y a los zoológicos. Es decir, **esta ley no tiene nada que ver con los animales de producción**. Como ya hemos mencionado al principio, estos están sujetos a su propia legislación, que ya lleva años en vigor.

## Los perros pastores y de guarda de ganado sí se verán afectados

En la práctica solo hay un aspecto de esta ley de bienestar animal que afecte a la actividad ganadera: el uso de **perros pastores**. Respecto a los ellos habla Sergio García Torres, Director General de Bienestar Animal, uno de los principales impulsores de esta ley, en [una entrevista reciente](https://www.niusdiario.es/sociedad/20230119/sergio-garcia-torres-impulsor-ley-bienestar-animal-bulos-meten-miedo_18_08468275.html): *“(…) se ha publicado que los perros de pastoreo van a tener que dormir dentro de casa y no junto al ganado como ocurre ahora. Es absurdo. Estos canes van a poder seguir desarrollando su actividad tal y como lo han hecho siempre. ****Sus dueños solo tienen que inscribirlos en el Registro de Animales de Compañía, tener al día sus vacunas y garantizar sus cuidados esenciales****. Están hasta exentos de los cursos de formación de tenencia responsable.”*

Dentro de estos “cuidados esenciales” se encuentran algunos puntos **que afectan a todos los perros**, incluidos los de pastoreo y guarda de ganado, que son los siguientes:

Es obligatoria la **identificación** permanente del animal según la legislación vigente (en general, mediante microchip).

Están prohibidos los actos de **maltrato** físico, trato negligente y cualquier práctica que pueda producirles sufrimiento o la muerte.

Se considera “infracción grave” **alimentarlos con vísceras, cadáveres y otros despojos** de animales que no hayan superado los controles sanitarios pertinentes, debido al riesgo para la salud animal y humana de **diseminación de parásitos internos**.

Se prohíbe llevar a cabo **mutilaciones**, salvo aquellas indicadas por el veterinario por motivos sanitarios.

La **muerte asistida** de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado es una infracción categorizada como “muy grave”.

Se deroga la definición de raza PPP (perro potencialmente peligroso), y se sustituye por **pruebas de comportamiento obligatorias** realizadas por personal cualificado, que determinarán si un can es un **perro de manejo especial** (que estará sujeto a ciertas restricciones y obligaciones, similares a los PPP actuales).

![Ley de bienestar animal](https://ruminants.ceva.pro/hs-fs/hubfs/ley-de-bienestar-animal-ganaderia.jpg?width=800&height=533&name=ley-de-bienestar-animal-ganaderia.jpg)

Además, se han redactado especialmente los siguientes puntos, incluidos en los artículos 37 y 38, teniendo en cuenta las **condiciones particulares de los perros de pastoreo y guarda del ganado**:

En general, está prohibido dejar sin supervisión a los perros durante más de 24 horas consecutivas. Sin embargo, en el caso de los perros utilizados en actividades específicas (como el pastoreo) que se desenvuelven de forma independiente y sin supervisión, esta prohibición no se aplica, siempre y cuando estos **canes se encuentren geolocalizados y su apropiada alimentación y seguridad estén garantizadas**.

Los perros de guarda del ganado, siempre que realicen su función en zonas con presencia de grandes depredadores, podrán hacer uso de collares tradicionales tipo carlancas para su protección.

**Las pruebas de comportamiento no son obligatorias** para los perros de pastoreo o guarda de ganado. Sin embargo, la ausencia de esta prueba supone que el perro en cuestión se considere de manejo especial cuando no esté realizando sus funciones.

**No estarán sujetos a edades mínimas o máximas para poder desempeñar sus funciones**, a diferencia de otros perros profesionales, como los de la policía, que deben haber cumplido al menos 18 meses.

Terminamos el artículo con un punto muy curioso que afecta a los animales de ganadería: **un animal de producción pasaría a considerarse animal de compañía, y por tanto a estar regido por esta ley, si un propietario decidiera retirarlo de la explotación e inscribirlo en el Registro de Animales de Compañía.**

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Acerca del autor

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 Ceva es una empresa impulsada por la investigación mundial en salud animal: investigamos, desarrollamos, fabricamos y suministramos soluciones de salud innovadoras para todos los animales. Como parte de nuestro día a día, desarrollar herramientas y servicios para las explotaciones ganaderas es una de las prioridades de Ceva, por eso queremos ser un referente para el sector más allá de nuestros productos. 

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