La metafilaxia: qué es y cuándo está justificada

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La metafilaxia es la aplicación de antibióticos a animales no diagnosticados de una enfermedad presente en la explotación, pero sí susceptibles y en contacto estrecho con animales afectados. A la hora de justificar la necesidad de un tratamiento metafiláctico tienen que haberse agotado todos los demás recursos de higiene, vacunación, manejo, buenas prácticas, etc., y todo ello haber sido insuficiente.

Para la aplicación de antibióticos como metafilaxia es necesario demostrar la presencia del agente patógeno en la explotación mediante pruebas rápidas o cultivo, y asegurar que el antibiótico usado es eficaz mediante un antibiograma.

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¿Cuál es la definición legal de metafilaxia?

Según el Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, la metafilaxia es “la administración de un medicamento a un grupo de animales previo diagnóstico de una enfermedad clínica en parte del grupo, con el fin de tratar a los animales clínicamente enfermos y controlar la transmisión de la enfermedad a animales en estrecho contacto y en peligro y que ya puedan estar infectados de forma subclínica”.

La metafilaxia tiene sus pros y sus contras. Por un lado, el evidente beneficio que supone evitar que animales sanos y productivos ya infectados caigan enfermos, y la más probable eliminación total del patógeno de la explotación, si no sobrevive en el ambiente, al evitar que queden animales portadores que diseminen la bacteria. Por otro lado, es más probable que se seleccionen bacterias resistentes que, en ausencia de otras competidoras que sí han muerto debido al antibiótico, proliferen y se conviertan en la cepa mayoritaria.

En la última actualización legal sobre este asunto, el mismo Reglamento 2019/6 especifica que “los medicamentos antimicrobianos sólo se utilizarán con fines metafilácticos cuando el riesgo de propagación de una infección o de una enfermedad infecciosa en el grupo de animales sea elevado y no se disponga de alternativas adecuadas”.

La necesidad de metafilaxia debe estar muy bien justificada

Las enfermedades o infecciones frente a las que se puede usar metafilaxia deben estar bien estudiadas, tener un historial en la especie afectada y pruebas suficientes de que la ausencia de tratamiento sería un grave problema para la explotación.

En ningún caso podrá aplicarse metafilaxia antibiótica de forma rutinaria, para compensar fallos en la higiene, manejo, cría, cuidados o alimentación de los animales, o una mala gestión de la explotación. Tampoco podrá aplicarse con el fin de fomentar el crecimiento o el rendimiento de los animales.

Los antibióticos solo podrán administrarse como metafilaxia durante un tiempo limitado, que cubra el periodo de riesgo, y a unos animales en concreto, que hayan estado en contacto estrecho y estén en edad susceptible de enfermar. Estos tiempos deben estar suficientemente justificados en estudios o en el historial de la explotación, se definen para cada patología y el veterinario debe tener forma de demostrar en qué basa su criterio.

El antibiograma es una prueba que se realiza en el laboratorio para determinar qué antibióticos son eficaces frente a una cepa bacteriana determinada. Cuanto mayor es el halo que se forma alrededor de la pastillita impregnada en un antibiótico, más eficaz es frente a esa bacteria.

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Alt text: Antibiograma para antibióticos animales.

En la especie ovina: el caso del CRO

El CRO (complejo respiratorio ovino) es un síndrome multifactorial que afecta a corderos jóvenes mayores de 18 días, causando una alta mortalidad y efectos a largo plazo perjudiciales para el rendimiento. Es una de las pocas enfermedades para las que existe un procedimiento estandarizado para justificar el uso de metafilaxia desde 2022, establecido en este documento acordado por varias asociaciones del sector de cebo de ganado ovino, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

La prescripción de antibioterapia metafiláctica para todo el lote implica que primero se diagnostique el proceso en algunos animales, en los dos siguientes supuestos:

  • El diagnóstico podrá basarse únicamente en los signos clínicos cuando el veterinario prescriptor pueda demostrar que ha visitado la explotación al menos tres veces en los últimos 6 meses, y que conoce los pormenores y medidas que se han tomado, sin éxito, en el pasado.
  • En caso contrario, el diagnóstico deberá confirmarse con pruebas laboratoriales: cultivo microbiológico y antibiograma para elegir el antibiótico adecuado.

Los cebaderos que se quieran acoger a dicho documento deberán tener un consumo medio anual de antibióticos inferior a 100 mg por unidad de referencia (la masa de animales vivos susceptibles), estar adheridos al programa REDUCE del PRAN (Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos), demostrar que tanto ellos como las explotaciones de origen de los corderos cuentan con un plan sanitario completo y buenas medidas de bioseguridad, higiene, manejo y bienestar animal, y que se cumplen rigurosamente todas las normativas, especialmente aquellas relacionadas con la declaración del uso de medicamentos y el transporte de los animales.

El tratamiento de secado del bovino lechero también tiene un consenso de metafilaxia

Las explotaciones de vacuno lechero también disponen de un protocolo definido a la hora de establecer y justificar la necesidad de aplicar antibióticos durante el secado para tratar y evitar las mastitis. Si bien hace 30 años las asociaciones europeas e internacionales recomendaban el uso de antibioterapia de secado en todas las vacas, en 2015 esto cambió y se aconsejaba aplicar el llamado secado selectivo, administrando antibióticos únicamente a vacas sospechosas o en riesgo.

Lo que antes era una recomendación, desde la entrada en vigor del Reglamento 2019/6 es una obligación. El uso de antibióticos de secado en animales sin signos clínicos ni un diagnóstico laboratorial entra en la categoría de metafilaxia, por lo que se le aplican las mismas restricciones.

En este documento, redactado por la Asociación Nacional de Especialistas en Medicina Bovina de España (ANEMBE) y aprobado por el MAPA, se establecen las condiciones por las que un rebaño se considera de “alto riesgo”:

  • Recuentos de células somáticas en el tanque por encima de 000 cél./ml en los últimos dos meses.
  • Presencia demostrada de alguna de las siguientes bacterias contagiosas en los últimos seis meses: Streptococcus agalactiae, Staphylococcus aureus, o Mycoplasma

Las explotaciones que cumplan estas condiciones podrán aplicar tratamientos metafilácticos de secado a todos sus animales durante 3 meses como máximo, pudiendo prolongarse hasta 12 meses si se demuestra la puesta en marcha de mejoras higiénico-sanitarias. Pasado este tiempo, el secado deberá ser selectivo, y únicamente podrán administrarse antibióticos de secado a las vacas a las que se tome muestras y se realice cultivo y antibiograma.

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El secado selectivo se define como la aplicación de antibiótico de secado únicamente a las vacas sospechosas. El test de California puede ayudarnos a saber si una vaca sufre mastitis subclínica y necesita que se le aplique un antibiótico de secado.

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Equipo Ceva Salud Animal

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